Somos así. Es la naturaleza humana. Muchas veces nos empeñamos en hacer difícil y complicado aquello que debería resultar más o menos sencillo.
Hoy traigo a la Aldea algunas decisiones de Tribunales anglosajones que resuelven pleitos con extrañas y curiosas situaciones en relación con el material y el sitio en el que algunos decidieron dejar escrita su última voluntad.
(Aprovecho para saludaros y dar las gracias a todos los que me habéis animado (sobre todo en el Amazings Bilbao 2011) a volver a escribir después de casi un año sabático. Espero ir cogiendo poco a poco el ritmo para seguir contando más historias curiosas, minifichas, concursos…)
¿Es válido el testamento escrito en una cáscara de huevo?
En 1926, en el caso Hodson Vs. Barnes, un testamento escrito en la cáscara de un huevo vacío fue considerado como válido por uno de estos Tribunales.
El fallecido, cuyas iniciales eran J.B., había otorgado un primer testamento de forma ordinaria (es decir, en papel) en 1920, y tras su muerte en 1925, su esposa, a quien llamaba “Mag”, encontró en el armario de su dormitorio una cáscara de huevo vacía en la que figuraba escrito con tinta:
“17-1925. Mag. Everything I possess. – J. B.”
(“17-1925. Mag. Todo lo que poseo. – J. B.”)
El Tribunal determinó que el marido había escrito de puño y letra la frase del huevo (un huevo de gallina por cierto) y, lo que es más llamativo, que las cáscaras de huevo eran perfectamente válidas como material sobre el que escribir un testamento.
Alguna fuente indica que el motivo por el que J.B. utilizó la cáscara de huevo es que se encontraba a dieta y solía llevarlos consigo (¿?)
Perdón por el chiste fácil pero seguro que para Mag (viuda y única beneficiaria), ese extravagante testamento debía valer… ¡un huevo!
El testamento más corto del mundo, y escrito en una pared
En 1988, el caso Estate of Slavinskyji recoge otro curioso testamento, el más corto del mundo según el Libro Guinness de los Récords.
“All to Wife” (“Todo para esposa”) apareció escrito en la pared del dormitorio de un hombre que seguramente se dio cuenta de su inminente desaparición e hizo un rápido y desesperado intento de distribuir sus bienes.
El testamento escrito en la ropa interior también vale
Otro Tribunal tuvo que decidir sobre la validez o no de un testamento escrito en la ropa interior, concretamente en unas enaguas:
Los Angeles, 1925. George W. Hazeltine, de 86 años, yacía enfermo en el hospital. Quería hacer un nuevo testamento y dejar 10.000 $ a sus enfermeras, Lillian Pelkey y Madeline Higgins. Ya que no tenía papel a mano (sic) (¿?) Miss Pelkey levantó su vestido y el anciano escribió su última voluntad en las enaguas de la enfermera.
Aquí podéis ver la noticia en el diario “The Deseret News” del 4 de febrero de 1926, cuando el asunto se encontraba todavía pendiente de sentencia.
Las enaguas fueron finalmente admitidas como soporte válido para el testamento, pero las enfermeras no pudieron disfrutar del legado porque eran beneficiarias y testigos, a la vez, del testamento.
No comment 🙂
Y también es legal el testamento escrito en el guardabarros de un tractor
El guardabarros y la navaja
Sucedió en 1948. Cecil George Harris, un agricultor canadiense, sufrió un grave accidente con su tractor y su pierna izquierda quedó atrapada bajo la rueda trasera.
No fue encontrado hasta bien entrada la noche. Fue trasladado a un hospital donde murió por las heridas.
Varios días después, unos vecinos, mientras contemplaban el escenario del accidente, se percataron de una inscripción grabada con una navaja en el guardabarros del tractor:
«En el caso que muera en este lío, dejo todo a mi esposa. Cecil George Harris”
Los Tribunales determinaron que se trataba de un testamento válido.
El guardabarros y la navaja se conservan y pueden verse en la biblioteca de la Facultad de Derecho de Saskatchewan.
¿Todo esto también pasa en España?
Parte del testamento de Isabel I la Católica. Su firma “Yo, la Reyna” (1504)
Siento decir que no, porque sería bastante divertido y entretenido para los que nos dedicamos a esto. En general, la jurisprudencia extranjera es amplia y permisiva (como hemos visto con la anglosajona) a la hora de admitir el material en el que se puede escribir un testamento ológrafo.
La española, por el contrario, se muestra bastante estricta. Sin entrar en tecnicismos, usar aquí, en circunstancias ordinarias, cáscaras de huevo o unas enaguas, haría dudar de la existencia de una seria intención de testar, y no es probable que nuestros Tribunales y nuestro Derecho Civil otorguen validez a tal “innecesaria extravagancia”.
Nuestro gozo en un pozo. Así que, de momento, en España mejor que nos dejemos de huevos, enaguas, guardabarros…
Y tampoco probemos a redactar nuestro testamento en lenguaje de programación, ni tratemos de dejarlo escrito en Twitter … Aquí, los experimentos, mejor con gaseosa 🙂
Fuentes y más información:
En los enlaces que he dejado en el propio texto y respecto al Derecho Civil común español el libro “Elementos de Derecho Civil V, Derecho de Sucesiones”, de José Luis Lacruz Berdejo y otros autores, págs. 205 a 213 (el famoso “Lacruz” para los que estudiábamos Derecho 🙂 )